miércoles, 27 de abril de 2016

¿COMO HAGO PARA CONSTITUIR UNA COOPERATIVA?

GUIA TRAMITE DE CONSTITUCION DE UNA COOPERATIVA ORGANISMO Y NORMATIVA APLICABLE El Organismo que concede y retira la personería, inscribe y fiscaliza a las cooperativas en todo el país es el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, que tiene su sede central en Avda. Belgrano 1656 de la ciudad de Buenos Aires, TE 011-4383-4444, de 10:00 a 14:00 horas. Ello sin perjuicio de la intervención de organismos locales que, mediante convenios, realizan tareas de recepción de documentación y de fiscalización delegada. En el caso de la Provincia del Chaco, el órgano local competente es la Dirección de Cooperativas y Mutualidades, dependiente de la Subsecretaría de Agricultura del Ministerio de Producción, con sede en Marcelo T. de Alvear 145 - 7° Piso - Resistencia. La normativa que rige las cooperativas está constituida, principalmente, por la Ley 20337 (Ley de Cooperativas), por las normas que las regulan y que son dictadas por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (reglamentado por el art. 105 de la Ley 20337) y, supletoriamente por las disposiciones de la Ley 19550 en materia de sociedades anónimas en cuanto se concilien con las de la Ley 20337 y la naturaleza de las cooperativas. ¿Cómo se constituye una Cooperativa? Fundamentos, estructura, aspectos legales. El proceso organizativo de una cooperativa comienza cuando existe un grupo de personas que conciente de sus necesidades comunes se plantean la posibilidad de resolverlas mediante una forma legal y ordenada. Este grupo de personas debe establecer claramente los objetivos a cumplir, es decir analizar, ¿Qué se quiere hacer?, ¿Cómo lo van a hacer?, ¿Quiénes lo van a hacer?, etc. y a través de las respuestas a estos interrogantes irán definiendo el tipo de cooperativa a formar, el objeto social, etc. La Resolución 2037/03 del INAES establece que los asociados fundadores deben certificar su asistencia a los Cursos de Información y Capacitación dictados por el INAES, y además deberán notificar con quince (15) días de anticipación la realización de la Asamblea Constitutiva. Cantidad mínima de personas para formar una Cooperativa = 10 (Artículo 2°, Inciso 5º, Ley 20.337) Excepción para Cooperativas de Provisión de Servicios Rurales y de Trabajo = 6 (Resoluciones 302 y 324 -ex INAC) El acto fundacional de una Cooperativa es la ASAMBLEA CONSTITUTIVA en donde todos los asociados fundadores deciden cuestiones como: (Artículo 7° - Ley 20.337) Elección de una Mesa Directiva para la Asamblea. Informe de los iniciadores. Proyecto de Estatuto: El Estatuto debe contener, sin perjuicio de otras disposiciones: (Artículo 8° - Ley 20.337) 1°.- La denominación y el domicilio 2°.- La designación precisa del objeto social 3°.- El valor de las cuotas sociales y el derecho de ingreso si lo hubiera, expresado en moneda argentina 4°.- La organización de la administración y la fiscalización y el régimen de las asambleas 5°.- Las reglas para distribuir los excedentes y soportar las pérdidas 6°.- Las condiciones de ingreso, retiro y exclusión de los asociados 7°.- Las claúsulas necesarias para establecer los derechos y obligaciones de los asociados 8°.- Las claúsulas atinentes a la disolución y liquidación Suscripción e Integración de cuotas sociales Designación de Consejeros Designación de Síndico La presentación ante el I.N.A.E.S. del Acta de la Asamblea Constitutiva se debe realizar siguiendo los lineamientos establecidos por la Resolución N° 974/93 – ex INAC. Documentación modelo Cooperativas Información General. Documentación a presentar. Para la constitución de una Cooperativa de cualquier tipo, Usted debe presentar la siguiente documentación: 1. Nota de Presentación. 2. Acta Constitutiva y Estatuto (en un mismo cuerpo). 3. Acta Nº 1 del Consejo de Administración (distribución de cargos). 4. Boleta de depósito (5% del capital social suscripto). 5. Constancia de Asistencia a Curso previo de Información y Capacitación de los asociados fundadores (según lo establece la Res. 2037/03 INAES) 6. Constancia de Comunicación al INAES y/o Órgano Local Competente de realización de la Asamblea Constitutiva, con quince (15) días de anticipación (según lo establece la Res. 2037/03 INAES) 7. (Sólo para cooperativas de crédito o con operatorias de Sección de Crédito) Certificado de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia (según lo establece la Res. 2036/03 INAES) 1.- NOTA DE PRESENTAClON. Resistencia, (fecha) SEÑOR PRESIDENTE DEL I.N.A.E.S..Avda. Belgrano 1656(1093) - CAPITAL FEDERAL (nombres y apellidos de Presidente y Secretario) en su carácter de Presidente y Secretario, respectivamente, de la Cooperativa (nombre completo de la cooperativa: artículo 1º del estatuto social) Limitada, con domicilio real en (calle, número, piso, departamento, ciudad, código postal, localidad, partido, departamento, provincia, teléfono) se dirigen respetuosamente al señor Presidente, solicitando la inscripción de esta Cooperativa en el Registro Nacional, su reconocimiento y autorización para funcionar, conforme a lo prescripto por la Ley Nº 20.337. A los efectos de cumplimentar los requisitos establecidos por la mencionada ley, se acompaña: 1 copia del Acta Constitutiva y Estatuto Social. 1 boleta de depósito correspondiente al 5% del capital suscripto. 1 copia del Acta de Distribución de Cargos del Consejo de Administración. Asimismo dejamos constancia que el señor (nombres y apellidos completos) domiciliado en (calle, número, piso, departamento, ciudad, partido, departamento, localidad, provincia), con (D. N. l. - C. l. - L. C., según corresponda) Nº (número) ha sido autorizado por el Consejo de Administración para representar a la Cooperativa durante el trámite de inscripción. (No es obligatorio nombrar un apoderado ajeno a la cooperativa para la realización del trámite.) A los fines que estime correspondan, la cooperativa constituye domicilio legal en (calle, número, piso, departamento, código postal,. Localidad, partido, departamento, provincia. Los datos deben estar completos y claros), teléfono (número de teléfono, con código de área, pudiendo ser número de celular), correo electrónico (si lo tuviera) Agradeciendo del señor Presidente se sirva dar curso favorable a lo solicitado, lo saluda atentamente. Firma Secretario Firma Presidente Si el trámite se inicia en Resistencia ... NOTA DE PRESENTACION: Dirigida al Director de Cooperativas y Mutualidades, Cr. Bernardo Manuel Hochberg, firmada por el presidente y secretario de la cooperativa. Por la misma se solicita la aprobación de los estatutos y la matrícula nacional de la cooperativa. Deberá señalarse el domicilio real de la cooperativa con indicación de calle, número, teléfono, provincia, etc. Además figurará la autorización conferida al presidente o cualquier asociado para hacer las gestiones ante la Dirección de Cooperativas y Mutualidades y el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social. 2.- ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTO TIPO (en un mismo cuerpo). Tipos de Estatutos Descripción Resolución Nº Coop. en General 254/77 INAC - Anexos Coop. de Trabajo 255/88 SAC - 750/94 INAC Coop. de Vivienda 255/88 SAC Coop. de Vivienda Credito y Consumo 255/88 SAC Coop. de Crédito 1139/94 INAC Coop. de Provisión 750/94 INAC Aclaración: Tenga en cuenta que para este tipo de cooperativa existe un acta constitutiva y estatuto tipo pre-impreso. Esto facilita la realización del trámite ya que los asesores legales no solo deben leer los espacios que completa cada entidad de acuerdo al instructivo que aquí se desarrolla, sino que además les brinda seguridad jurídica sobre su contenido. Estamos trabajando para adecuar a las nuevas tecnologías informáticas esta metodología de trabajo que agiliza los trámites. Mientras tanto tenga en consideración que si usted toma este archivo y lo procesa, nuestros asesores están obligados a leer por completo el mismo antes de dar su dictamen aprobatorio, lo que evidentemente ocasionará demoras. Se completará de acuerdo a los modelos previstos. Finalizada la tarea, según las instrucciones, se procederá a fotocopiar tales modelos. El original, que será firmado por todos los asociados fundadores con aclaración de las respectivas firmas, quedará en poder de los miembros de la cooperativa. Las copias restantes serán firmadas por todos los consejeros titulares, de puño y letra (no tienen valor firmas fotocopiadas), procediendo a autenticar las mismas ante Escribano Público, Autoridad Competente (Policía, Juez de Paz, autoridad del Organo Local Competente o autoridad bancaria con cargo no inferior a gerente) o bien ratificadas ante el INAES. En caso de optar por esto último, deberá solicitarse en la nota de presentación fecha y hora para la correspondiente ratificación. Cierre del Acta Constitutiva a. Firmas y su certificación: Los miembros titulares del Consejo de Administración deberán firmar de puño y letra, en la copia del Acta Constitutiva original la cual será presentada a los efectos de obtener la autorización para funcionar e inscripción en el Registro Nacional. Dichas firmas serán certificadas por Escribano Público, Juez de Paz o bien ratificadas por ante el Organo Local Competente o Autoridad de Aplicación según corresponda. La certificación contendrá la individualización de las firmas certificadas, además de lugar y fecha. b. Correcciones: A continuación de la última parte del Acta, y antes de las firmas de los Consejeros titulares, si hubiera enmienda, raspados y entrelíneas borrados o testados, los mismos deberán salvarse de la siguiente manera: Ejemplo: ENMIENDA: "Francisco GARCIA" VALE ENTRELINEAS: "Alberto LOPEZ" VALE TESTADO: "Edmundo PEREZ" NO VALE No deben dejarse claros ni espacios en blanco. Se podrán completar con guiones o se cruzarán con una raya. 3.- ACTA NUMERO UNO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION (El único punto a tratar es la Distribución de Cargos). Esta acta es el producto de la primera reunión del Consejo de Administración, una vez finalizada la Asamblea Constitutiva. Por lo tanto, la fecha será posterior a ésta. Por medio de la misma se informa sobre la integración del Consejo de Administración con el detalle de la distribución de los respectivos cargos. La firman el presidente y el secretario de la entidad constituida, y tales firmas deben estar autenticadas ante Escribano Público, Autoridad Competente (Policía, Juez de Paz, autoridad del órgano Local Competente o autoridad bancaria con cargo no inferior a gerente) o bien ratificadas ante el INAES, solicitando en tal caso, en la nota de presentación, se fije fecha para la correspondiente ratificación. Modelo ACTA Nº1 DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION, DISTRIBUCION DE CARGOS. En (localidad) a los (x días) días del mes de (mes) de (año), siendo las (hora) horas se reúnen los Consejeros electos en la Asamblea Constitutiva de la Cooperativa (nombre completo de la cooperativa: artículo 1º del estatuto social) Limitada., celebrada con fecha (fecha del acta constitutiva) a efectos de proceder a la distribución de cargos tal como lo prescribe el Estatuto Social. Abierto el acto pasóse al tratamiento del punto en cuestión y luego de un cambio de opiniones resolvióse la integración del Consejo de Administración de la siguiente forma: Presidente: (nombre y apellido) Secretario: (nombre y apellido) Tesorero: (nombre y apellido) (1) Vocal Titular 1º: (nombre y apellido) (1) Vocal Titular 2º: (nombre y apellido) Vocal Suplente 1º: (nombre y apellido) Vocal Suplente 2º: (nombre y apellido) No habiendo otro asunto que considerar, se levantó la sesión, siendo las (hora) horas. Firma Secretario Firma Presidente Las firmas deberán estar certificadas. (1) Los Estatutos tipo de Cooperativas de Trabajo y Cooperativas de Vivienda (Resolución 255/88), y los de Cooperativas de Trabajo y de Provisión de Servicios para Productores Rurales (Resolución 750/94) no contemplan a los vocales titulares. 4.- BOLETA DE DEPOSITO(5% del capital suscripto). Adjuntar el original de la Boleta de Depósito, del 5% del Capital Suscripto, expedida por cualquier banco oficial o cooperativo. La misma deberá confeccionarse de la siguiente manera: CUENTA DEPOSlTOS VARIOS, o/c del Presidente, Secretario y Tesorero de la Cooperativa (poner el nombre completo de la entidad). (No debe hacerse mención de los nombres de las personas, sino de los cargos). GIRO POSTAL O BANCARIO SEGÚN ARANCEL CORRESPONDIENTE Por Resolución Nº 249/93, el Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos de la Nación aprobó el arancelamiento de los servicios que presta el INAES. Para el caso de trámites de constitución de cooperativas, excepto las de trabajo, el arancel correspondiente es de $ 30.- (Pesos treinta) recomendándose el giro bancario por su vigencia, a la orden del INAES. 5.- Constancia de Asistencia a Curso previo de Información y Capacitación de los asociados fundadores (según lo establece la Res. 2037/03 INAES) 6.- Constancia de Comunicación al INAES y/o Órgano Local Competente de realización de la Asamblea Constitutiva, con quince (15) días de anticipación (según lo establece la Res. 2037/03 INAES) RESOLUCION Nº 2037/03 BUENOS AIRES, 8 de Septiembre de 2003 VISTO, el decisorio del Directorio de este Instituto materializado mediante acta de fecha 11 de abril de 2002, y CONSIDERANDO,Que mediante dicha decisión del Directorio se fijó un procedimiento vinculado con los trámites de constitución de cooperativas y mutuales, resolviendo diversas medidas enderezadas al asesoramiento y capacitación de las personas que concurrieran a la fundación de una cooperativa o una mutual, y al conocimiento y evaluación de la viabilidad de los proyectos que sustentados por cada uno de los grupos precooperativos o premutualistas.Que se considera conveniente y oportuno establecer formalmente reglas a los mismos fines, en las que se establece la asistencia a un curso previo de capacitación, con aviso de la próxima celebración de asambleas constitutivas para posibilitar la presencia de un funcionario de apoyo y otros extremos.Que el procedimiento que se regula tiene por finalidad un mejor y más efectivo cumplimiento de los objetivos tenidos en cuenta por aquella decisión y, asimismo, el logro de una mejor sistematización mediante pautas de procedimiento adecuadas a ellos.Que el servicio jurídico permanente ha tornado intervención con carácter previo al dictado del presente acto administrativo.Por ello, en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 420/96, 723/96, 721/00 y 1192/02 EL DIRECTORIO DELINSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIALRESUELVE: ARTICULO 1º.- Apruébase el régimen procedimental previo a la iniciación de actuaciones relacionadas con la constitución de cooperativas y mutuales que, como Anexo I, forma parte de la presente resolución.ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido archivase. ANEXO I 1.- Con carácter previo a la iniciación del trámite previsto por el artículo 9º de la ley Nº 20.337 o por el articulo 3º de la Ley Nº 20.321 y las Resoluciones INAC Nº, 974/93 e INACYM Nº 790/96, los futuros asociados fundadores de una cooperativa o una mutual deberán asistir a un curso de información y capacitación sobre el tipo de entidad que desean constituir. 2º.- Las asambleas constitutivas de cooperativas y mutuales deberán ser comunicadas al INAES o al órgano local competente según la jurisdicción del domicilio legal que se prevea establecer, con QUINCE (15) días de anticipación a la fecha fijada para su celebración. Esa comunicación deberá ser remitida por el o los iniciadores, informando el lugar de realización de la asamblea y fijando un domicilio especial en la respectiva jurisdicción para el intercambio de información. 3º.- El INAES podrá, cuando lo considere conveniente, designar a un funcionario para que asista a la asamblea constitutiva a los fines de contribuir a proporcionar la mayor información y asesoramiento al grupo convocado, y efectuar, de así serle requerido, las certificaciones de firmas que fueren necesarias. 4º.- Las planillas de asistencia al curso mencionado en el inciso 1º, con los nombres y firmas de los asistentes, serán incorporadas al expediente de solicitud de autorización para funcionar e inscripción de la entidad respectiva. 5º.- La Secretaria de Desarrollo y Promoción tendrá a su cargo la ejecución de las medidas dispuestas en los incisos precedentes, a cuyo efecto podrá requerir la colaboración de funcionarios que se desempeñen en otras áreas o unidades del Organismo, y efectuará una evaluación sobre la viabilidad de la personaría jurídica solicitada. 6º.- En las solicitudes de otorgamiento de personería jurídica de cooperativas o mutuales que fijaren su domicilio en jurisdicciones provinciales, se requerirá también a los órganos locales competentes de las provincias un informe sobre su viabilidad y eventual participación en el asesoramiento o capacitación de los asociados fundadores.No se requerirá dicha información cuando el órgano local competente haya participado en los actos preparatorios y emitido opinión sobre la viabilidad del proyecto, salvo que este Instituto la considerase insuficiente. 7º.- El requerimiento establecido en el artículo anterior se efectuará por el plazo de TREINTA (30) días corridos, vencido el cual y de no haber mediado respuesta, el INAES podrá efectuar similar requerimiento a entidades de grado superior, citar a los presentantes, efectuar verificaciones en el domicilio denunciado o proseguir con el trámite de considerar que, en mérito a las circunstancias aportadas en el expediente, la adopción de esas medidas resulten innecesarias. 8º.- Dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días corridos desde la notificación de la resolución de otorgamiento de la personaría jurídica, la nueva entidad deberá remitir un informe sobre la evolución operada o, en su caso, de las dificultades para desarrollar su objeto social. Asimismo, en esa oportunidad comunicará el domicilio en el que desarrolla su actividad y la cantidad de asociados que la integran. 9º.- Los cursos de información y capacitación mencionados en el inciso 1º podrán ser dictados por entidades de grado superior de cooperativas y mutuales que convengan con este Instituto la modalidad de celebración y temario o por centros, cátedras universitarias u otras organizaciones especializadas en materia cooperativa o mutual. 7.- (Sólo para cooperativas de crédito o con operatorias de Sección de Crédito) Certificado de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia (según lo establece la Res. 2036/03 INAES) Finalización del trámite: Una vez que el expediente ha tenido el visto bueno de los asesores legales, recibirá una nota diciendo que para proceder a la protocolización del ESTATUTO de esa entidad, deberá remitir a este Instituto, un original y dos fotocopias del texto del estatuto social definitivo, confeccionado de acuerdo a las siguientes características: Se utilizará papel romaní o papel forense (con márgenes coincidentes en anverso y reverso), no podrán ser manuscritos, se utilizará cualquier tipo de impresión mecánica o de sistemas computarizados. Deberá escribirse de forma corrida, sin dejar espacios en blanco. La escritura deberá ser perfectamente legible, en lo posible sin tachaduras ni enmiendas, y, si las hubiere deberán ser salvadas al final del texto. Comenzará de la siguiente manera: "TESTIMONIO DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA COOPERATIVA (nombre completo de la entidad, artículo 1º del Estatuto Social). Los enunciados "CAPITULO, TITULO, y ARTICULO", deberán consignarse en mayúsculas. Al final de texto, deberán hacer una de declaración jurada diciendo: DECLARAMOS BAJO JURAMENTO QUE EL ESTATUTO TRANSCRIPTO ES EXPRESION FIEL A LAS CONSTANCIAS OBRANTES EN EL EXPEDIENTE Nº , la misma deberá ser firmada por presidente y secretario, certificadas sus firmas por autoridad competente. Previo a su remisión las copias serán confrontadas por la entidad para establecer si se han cometido errores u omisiones, evitando así la pérdida de tiempo consiguiente que solo redundará en perjuicio de esa cooperativa.
A partir de mediados de 2012, se agrega otro requisito:
DECLARACION JURADA DEL ORIGEN DE FONDOS APORTADOS

El siguiente es un modelo que puede utilizarse:
Declaro bajo juramento que la fuente de los fondos y/o bienes no dinerarios aportados en ningún caso involucra actividades ilícitas propias o de terceras personas y en todos los casos son fondos propios y por lo tanto no he prestado mi nombre para que terceras personas con recursos obtenidos ilícitamente efectúen inversiones a mi nombre.
La información aquí suministrada corresponde a la realidad y autorizo su verificación por cualquier persona pública o privada sin limitación alguna, desde ahora y mientras subsista alguna relación con la entidad constituida o con quien represente sus derechos y con esa autoridad administrativa de control.
Lugar y fecha
Firma
Aclaración de Apellido y Nombre
Tipo y número de documento de identidad
Certificación de firma por escribano Público

26 comentarios:

Anónimo dijo...

consulta me podrian decir de cuanto tiene que ser el deposito para sacar la boleta de deposito?

Subsecretaria de Agricultura Chaco dijo...

El depósito es del cinco por ciento (5%) del capital suscripto

Anónimo dijo...

Hola !! quisiera saber si es que habiendo una cooperativa de desmote algodonero funcionando, si se puede a travez de ayudas del gobierno,hacer otra cede con maquinarias de desmote de empresas que no estan trabajando por x razones, y asi poder dar trabajo a mucha gente y ademas que se pueda dar una mano a muchos agricultores socios que se quedaron por el camino,sin ayuda ni contemplaciones de sus situaciones financieras ( hay agricultores que ttienen que alquilar sus campos e ir a trabajar de tractorista a otras provincias,xq nadie les dá una mano. saludos y esp lo antes posible resp de uds y que es lo que debemos hacer para llevar adelante este proyecto, tengo 2 desmotadoras de personas conocidas que están paradas hace 5 años aprox y son maquinas que desmotan 200 tns diarias. saludos atte jorginio

Anónimo dijo...

Nosé exacta la cifra,pero yo estimo que son como 200 los socios que tendrian la necesidad y capacidad de hacer funcionar estas dos maquinas que mencioné anteriormente. hay terrenos equidistantes positivos de la ciudad como para la no conatminacion de la cidadania. y algodon hay tanto que no alcanzan a desmotarse comforme van llegando los equipos cargados, aveces una semana de cola hacen para bajar el algodon en planta,y creo que es posible cambiar situciones semejantes,dando la posibilidad a otros agricultores como yó, de poder hacer algo en beneficio de muchos. saludos y esp la resp. atte Jorginio

Anónimo dijo...

Hola !! alguien puede responder mi pedido de informacion ?! jorginio

Subsecretaria de Agricultura Chaco dijo...

Hola. Disculpá la demora pero trataremos de responder tu pedido. En nuestra oficina (Dirección de Cooperativas) podemos asesorarte en todo lo necesario para constituir una cooperativa (hasta que sea autorizada a funcionar y tenga matrícula). Que después funcione o no depende de la capacidad de gestión de Uds. y de las ayudas que puedan obtener. La idea que estás planteando es factible en principio pero harían falta más datos. Por ej. en que condiciones se utilizarían los equipos (costo, mantenimiento, etc.), aporte inicial para empezar a trabajar, etc. etc.
Sugerimos comunicarte al 03722 448081, ó bien personalmente en Casa de Gobierno - 7º Piso.
Saludos

Anónimo dijo...

Muchas gracias por responder, estaremos en contacto.

Anónimo dijo...

hola yo quisiera saber que tengo que hacer para inscribirme en una cooperativa .ya me habre anotado en tres cooperativas y no paso nada y en la ultima fue con unos politicos que me hicieron afiliarme a su partido y me habian dicho que si me salia un porsentaje iva para ellos para comprar computadoras para su partido .me gustaria estar en una cooperativa si me pueden ayudar les agradeceria mi dirrecion de html es jonas_rezk@hotmail.com

Monica dijo...

hace poco que me vine a vivir a uno de los apartamentos en buenos aires para poder formar una cooperativa con una amiga, esto fue de gran ayuda.

Anónimo dijo...

hola alguen podria escribir como y donde me dirijo para enpesar el tramite de una cooperativa en capital federal

Subsecretaria de Agricultura Chaco dijo...

En Ciudad Autonoma de Buenos Aires podés empezar los trámites directamente en el INAES, Av. Belgrano 1656.

Anónimo dijo...

se puede constituir una cooperativa que preste servicios de seguridad privada y vigilancia en la provincia del chaco? hay alguna normativa que lo impide ?..desde ya muchas gracias por contestar

Subsecretaria de Agricultura Chaco dijo...

Disculpas por la demora en responder. En el año 2004 se dictó un decreto (nacional) que impide la constitución de cooperativas de seguridad y limpieza.

Anónimo dijo...

Hola, necesito saber el costo aproximado x todo concepto de constituir una cooperativa de 10 socios.

Subsecretaria de Agricultura Chaco dijo...

Si hacés el trámite en la Dirección de Cooperativas, no tiene costo.

carlos dijo...

Buenas Tardes , soy de alvear corrientes y quisiera empezar los tramites de INSCRIPCION de una cooperativa Ltda , como empiezo a hacerlo y que requisitos necesitaria
me podrian mandar las novedades a mi correo : cmr.despachos.cr@gmail.com .

Subsecretaria de Agricultura Chaco dijo...

Está todo en este blog

Anónimo dijo...

buenas noches soy de resistencia chaco. Presentamos todos los requisitos para formar la cooperativa de trabajo y firmamos el estatuto ase un mes. quisiera saber como hago y en donde averiguo cuando nos viene la matricula?

Anónimo dijo...

hola!!! me pueden contestar x fabor

Anónimo dijo...

que requisitos se necesitan para una cooperativa de viviendas en corrientes?

Anónimo dijo...

Hola soy de barranqeras chaco quisiera saber si se puede formar una cooperativa de trabajo para limpiesa de la ciudad y sangeo

Anónimo dijo...

Hola quiero formar una coperativa de trabajo cuales son los requisito es verdad que deben pagar un monotributo los integrante de la coperativa

Anónimo dijo...

Soy de resistencia chaco donde hago los tramite para una coperativa

Anónimo dijo...

quisiera saber si una cooperativa de agua potable tiene que pagar IVA, y si tiene que pagar cuanto es en porcentaje. disculpen y gracias

Anónimo dijo...

Estimadxs

La ESSApp ya está disponible en los teléfonos celulares para descargarse la aplicación y a su vez en la página web http://essapp.coop/. Queremos invitarlos a conocerla.

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Saludos!

Unknown dijo...

Hola . Como se empiesa hacer los tramites para formar una cooperativa. En resistencia chaco